El próximo día 1 de enero de 2012 entra en vigor el Real Decreto 1148/2011, de 29 de Julio (BOE nº 182 de 30 de julio de 2011), este Real Decreto en su Disposición final segunda modifica el Real Decreto 1851/2009 de 4 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 161 bis de la Ley General de la Seguridad Social en cuanto a la anticipación de la jubilación de los trabajadores con discapacidad en grado igual o superior al 45 por ciento.
Modifica la letra f) del artículo 2 del Real Decreto 1851/2009, de 4 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 161 bis de la Ley General de la Seguridad Social en cuanto a la anticipación de la jubilación de los trabajadores con discapacidad en grado igual o superior al 45 por ciento, que queda redactado en los siguientes términos:
«f) Secuelas de polio o síndrome postpolio.»
Antes
f) Síndrome postpolio
Esperamos que con esta modificación, no tengamos tantos problemas a la hora de conseguir la Jubilación
BOE nº 180 de 30 de julio de 2011Publicado 30 de Julio de 2011 a las 09:00
Ver Articulo en Feapet
Muchas gracias por la información y por vuestra lucha, que seguro habrá cantidad de personas a las que beneficiará y podrán disfrutar antes de su merecido descanso, aunque no sea una de esas personas, todo se andará y todo llegará, espero que también se luche porque se incluyan todas las personas afectadas, tuvieran o no reconocido siempre ese 45%, ya que finalmente todas llegamos al mismo punto, un agravamiento extremo al llegar a ciertas edades, yo lo estoy notando muchísimo.
ResponderEliminar